La declaración debe presentarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro de marca correspondiente.
La declaración de uso real y efectivo es muy importante, toda vez que de no realizarse, el registro de marca de que se trate, caducarán de pleno derecho, lo que significa que se perderá la exclusividad que el titular ostenta respecto de la marca.
Es importante mencionar que la declaración de uso real y efectivo de una marca, debe presentarse y realizarse de la siguiente manera:
- Registros de marca concedidos antes del 10 de agosto de 2018.
- Se establece la obligación de presentar la declaración de uso real y efectivo, junto con la renovación del registro de marca, es decir, cada diez (10) años.
- Registros de marca concedidos después del 10 de agosto de 2018.
- Se establece la obligación de presentar la declaración de uso real y efectivo en dos momentos de la vigencia del registro de marca:
- A los tres (3) años, tres (3) meses, contados a partir de la fecha de concesión del registro, y
- Junto con la renovación del registro de marca, es decir, a los diez (10) años de la presentación de la solicitud de registro de marca.
Incluye:
Estudio, elaboración y presentación ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial de la declaración de uso real y efectiva de cada marca.