Declaración de Uso de Marca ante el IMPI

Obtener su registro de marca fue el primer paso. Para conservarlo la Ley nos exige un paso más: la declaración de uso. Si su marca fue concedida hace tres años, la ley le obliga a declarar su uso real y efectivo ante el IMPI. No hacerlo a tiempo puede costarle la marca.

¿Qué es y cuándo debe presentarse?

Conforme al artículo 233 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, a los tres años de la concesión del registro, el titular debe presentar la declaración de uso real y efectivo de la marca. Esta declaración debe realizarse dentro de los tres meses posteriores al tercer aniversario del otorgamiento.

Ejemplo: una marca concedida el 25 de enero de 2023 debe declarar su uso entre el 25 de enero y el 25 de abril de 2026.

¿Qué pasa si no la presenta?

La omisión de esta obligación puede tener como consecuencia la caducidad del registro, lo que implica la pérdida de los derechos exclusivos sobre su marca. En otras palabras: podría perder la protección por la que ya invirtió.

Lo que debe saber

  • La declaración se presenta bajo protesta de decir verdad, por lo que no es obligatorio acompañarla de pruebas en esta etapa.
  • No obstante, se recomienda conservar evidencia que respalde el uso de la marca ante terceros (facturas, publicidad, empaques, etc.), por si llegara a requerirse.

Cómo le ayudamos

Nos encargamos de la presentación de su declaración de uso ante el IMPI, revisamos que esté dentro del plazo legal y le orientamos sobre la evidencia que conviene conservar. Todo el proceso es 100% en línea: atendemos a titulares de marca en toda la República Mexicana, sin que usted tenga que trasladarse.

¿No sabe si su marca ya debe declararse?

Si tiene dudas sobre la fecha de su registro o el plazo que le corresponde, escríbanos con los datos de su marca y lo revisamos sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuándo se presenta la declaración de uso? A los 3 años de la concesión (dentro de los 3 meses siguientes al tercer aniversario) y, posteriormente, con cada renovación.

¿Necesito presentar pruebas? No en esta etapa; se hace bajo protesta de decir verdad. Aun así, conviene conservar evidencia del uso.

¿Qué pasa si ya se me pasó el plazo? Escríbanos cuanto antes para analizar su caso; en algunos supuestos aún puede haber alternativas.

¿Atienden fuera de Mazatlán? Sí, el servicio es 100% en línea en todo México.

¿Qué formas de pago aceptan? Puede pagar por transferencia, depósito o tarjeta.

¿Emiten factura? Sí. Facturamos tanto los derechos del IMPI como nuestros honorarios.